martes, 4 de diciembre de 2012


MONOGRÁFICO: AMÉRICA LATINA Y LOS DERECHOS HUMANOS INTERNACIONALES

(COORDINADO POR ALEXANDRA BARAHONA DE BRITO)

En los ochenta, las cuestiones de los derechos humanos en América Latina ocuparon un lugar en la agenda, aunque esta vez por distintas razones: mientras que en los setenta la atención se centraba en las violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos por regímenes militares y otras dictaduras, en los ochenta el interés se movió hacia la “verdad y justicia” en la transición de la dictadura a la democracia, pese a que en Centroamérica las violaciones a los derechos humanos continuaban siendo un problema profundo en los conflictos civiles, empezando por el etnocidio en Guatemala. De esa manera,
América Latina jugó un papel líder estableciendo nuevos precedentes con la creación de “comisiones de la verdad” y llevando a juicio a oficiales militares y funcionarios acusados de violar los derechos humanos.

En los noventa, América Latina ocupó de nuevo el centro de atención: mas allá de la experiencia de “verdad y justicia,” incluida en algunos de los países centroamericanos recientemente pacificados, la atención se volcó hacia quien tal vez sea el dictador más notorio de la región, Augusto Pinochet, quién fue arrestado en Londres a partir de una solicitud de extradición del juez español Baltasar Garzón para ser juzgado en España por crímenes contra la humanidad, de los que fue responsable mientras fue presidente de Chile. Se estableció un nuevo precedente en la “justicia transnacional” o en el “activismo de derechos humanos transnacionales”, teniendo a América Latina en el centro del escenario.




En torno a los derechos humanos y la educación

Ramón Casanova*
¿Qué involucra hoy día fundar una política educativa en los derechos humanos en el escenario de las necesidades de nuestra región?
1. Debe implicar una revisión crítica de las plataformas ideológicas de las reformas educativas que tienen su asidero intelectual en el consenso de Washington.
Hablamos de una política pública de gratuidad, obligatoriedad y laicismo que permita la satisfacción del umbral mínimo de una cultura compartida.
En esta dirección es que tenemos que replantearnos, tal como lo ha venido reconociendo la Unesco recientemente, la actualidad de los sistemas públicos nacionales de educación como la forma institucional más conveniente para encarar la fragilidad, la disgregación y la violencia social de nuestras sociedades.
Un replanteamiento que en términos de la aportación de la educación en derechos humanos debemos considerar desde tres ángulos complementarios: a) la relevancia del sentido clásico de la ética en este asunto: el de la reflexión sobre las virtudes que deben caracterizar la ciudadanía y contrarrestar los «vicios» privados del orden de los intereses individuales, o, si se prefiere, de la sociedad civil; b) la imbricación entre educación en derechos humanos y educación cívica, valorando esta última como reconstrucción política de la comunicación pedagógica, y c) el acercamiento a la escuela pública como la posibilidad de disponer de un locus deliberativo de las cosas que están en juego en un tiempo de cambio, vale, decir la tarea que reclamaba Flaubert para una época similar: la de la educación sentimental.
2. En segundo lugar, que debemos revalorizar las experiencias de uso extraescolar de la educación escolar, las cuales vienen propiciando una modificación no sólo de los objetivos educativos, sino de la naturaleza misma del papel asignado a la escuela, acercándola al espacio de la communitas y pretendiendo que sean lugares contextualizados de aprendizajes y agentes pedagógicos complementarios. Experimentando mecanismos para reducir los efectos, por ejemplo, de la espuria educación, del deterioro de la organización familiar, del trabajo infantil, de la extrema pauperización cultural en las familias, de la violencia infantil y juvenil.
Sea como sea, involucra aprovechar el peso institucional de la escuela en nuestras sociedades, ensanchando su influencia en la organización de la vida colectiva de sus entornos inmediatos, experimentando, como de hecho viene ocurriendo, respuestas dirigidas a hacer de la escuela el corazón del aprendizaje para la vida democrática comunitaria.
3. Por último, no podemos pasar por alto que la discusión sobre cuáles valores, quizás el más delicado de la cuestión, y en donde los esfuerzos para una política de los derechos humanos han encontrado mayores dificultades, no es asunto de tecnócratas sino de la sociedad. Sostener la necesidad de una política inclusiva, de una escuela para la educación ciudadana, a contracorriente de la ideología que dominó el panorama de las reformas de los años noventa, supone al menos abrir el esfuerzo a todos, aceptando que se trata de la deliberación política entre «concepciones del mundo» a propósito del significado de la igualdad, la justicia, la libertad, la felicidad, la fraternidad, el bienestar.

“La grandeza de un hombre consiste en reconocer su propia pequeñez”
¿Derechos Humanos para quiénes? Reflexiones sobre algunas cuestiones embarazosas


En el estudio teórico de los derechos humanos, existen dos problemas estrechamente vinculados: por una parte, la cuestión de su elucidación conceptual, la cual, establece qué significado cabe atribuir al término “derechos humanos”; y además, el problema de su fundamentación, es decir, construir un conjunto de argumentos, suficientemente persuasivos e intersubjetivos, que nos permitan justificar el valor de estos derechos.



los derechos humanos incurren en la subjetividad, ya que son vistos desde diferentes ángulos en torno a que si solo le pertenecen al ser humano, ya que como hemos visto, existen una división especifica, la cual le corresponde a diferentes sujetos sociales, tal es el caso de los derechos de los niños, de las mujeres, discapacitados, inmigrantes, entre otros. Pero también los existen para los animales. Debido a esto existe discusión entre cuales son los derechos que le corresponden a cada persona o ser vivo

lunes, 3 de diciembre de 2012


En torno a los derechos humanos y la educación

Ramón Casanova*

 

¿Qué involucra hoy día fundar una política educativa en los derechos humanos en el escenario de las necesidades de nuestra región?

1. Debe implicar una revisión crítica de las plataformas ideológicas de las reformas educativas que tienen su asidero intelectual en el consenso de Washington.

Hablamos de una política pública de gratuidad, obligatoriedad y laicismo que permita la satisfacción del umbral mínimo de una cultura compartida.

En esta dirección es que tenemos que replantearnos, tal como lo ha venido reconociendo la Unesco recientemente, la actualidad de los sistemas públicos nacionales de educación como la forma institucional más conveniente para encarar la fragilidad, la disgregación y la violencia social de nuestras sociedades.

Un replanteamiento que en términos de la aportación de la educación en derechos humanos debemos considerar desde tres ángulos complementarios: a) la relevancia del sentido clásico de la ética en este asunto: el de la reflexión sobre las virtudes que deben caracterizar la ciudadanía y contrarrestar los «vicios» privados del orden de los intereses individuales, o, si se prefiere, de la sociedad civil; b) la imbricación entre educación en derechos humanos y educación cívica, valorando esta última como reconstrucción política de la comunicación pedagógica, y c) el acercamiento a la escuela pública como la posibilidad de disponer de un locus deliberativo de las cosas que están en juego en un tiempo de cambio, vale, decir la tarea que reclamaba Flaubert para una época similar: la de la educación sentimental.

2. En segundo lugar, que debemos revalorizar las experiencias de uso extraescolar de la educación escolar, las cuales vienen propiciando una modificación no sólo de los objetivos educativos, sino de la naturaleza misma del papel asignado a la escuela, acercándola al espacio de la communitas y pretendiendo que sean lugares contextualizados de aprendizajes y agentes pedagógicos complementarios. Experimentando mecanismos para reducir los efectos, por ejemplo, de la espuria educación, del deterioro de la organización familiar, del trabajo infantil, de la extrema pauperización cultural en las familias, de la violencia infantil y juvenil.

Sea como sea, involucra aprovechar el peso institucional de la escuela en nuestras sociedades, ensanchando su influencia en la organización de la vida colectiva de sus entornos inmediatos, experimentando, como de hecho viene ocurriendo, respuestas dirigidas a hacer de la escuela el corazón del aprendizaje para la vida democrática comunitaria.

3. Por último, no podemos pasar por alto que la discusión sobre cuáles valores, quizás el más delicado de la cuestión, y en donde los esfuerzos para una política de los derechos humanos han encontrado mayores dificultades, no es asunto de tecnócratas sino de la sociedad. Sostener la necesidad de una política inclusiva, de una escuela para la educación ciudadana, a contracorriente de la ideología que dominó el panorama de las reformas de los años noventa, supone al menos abrir el esfuerzo a todos, aceptando que se trata de la deliberación política entre «concepciones del mundo» a propósito del significado de la igualdad, la justicia, la libertad, la felicidad, la fraternidad, el bienestar.

“La grandeza de un hombre consiste en reconocer su propia pequeñez”

Derechos humanos y adulto mayor

Derechos humanos y adulto mayor.
 Considerando que el mundo actual está viviendo una revolución demográfica que se traduce en una disminución universal de las tasas de natalidad y de mortalidad y en un aumento cada vez más acelerado del número de adultos mayores de sesenta años; entre 1950 y 2000 la población mundial de adultos mayores ha aumentado de 200 millones a 550 millones, y que para el año 2020 se prevé una cifra no menor de 1.000 millones; mientras que para el año 2050, previsiblemente la relación entre el grupo de los adultos mayores y la población total será de 1:4 en los países desarrollados; y dando cuenta que el aumento del número de adultos mayores es muy rápido en los países en desarrollo, y que para el año 2025 éstos contendrán un 71 por ciento de la población mundial de adultos mayores; por otra parte, que el envejecimiento global tendrá hondas repercusiones en la relación entre productividad económica y gasto social, y que afectará no sólo al grupo de las personas de edad, sino también a las generaciones más jóvenes y al equilibrio social en su conjunto. 

Se proclama la presente Declaración Universal de los Derechos del Adulto Mayor como ideal común por el cual todos los pueblos y Estados deben orientar sus esfuerzos dirigidos a lograr que la importante y creciente porción de la población global constituida por personas de edad pueda disfrutar en el futuro de los derechos del bienestar y del reconocimiento social que le corresponden no sólo por sus servicios pasados, sino también por los que todavía está en capacidad y en disposición de prestar. 
Artículo 1
 El adulto mayor tiene el derecho de ser tratado como ciudadano digno y autónomo no solo por sus méritos pasados sino también por los aportes que aún puede hacer al bienestar de la sociedad. Artículo 2 
El adulto mayor tiene el derecho a recibir el apoyo familiar y social necesario para garantizarle una vida saludable, segura, útil y agradable. 
Artículo 3 
El adulto mayor tiene derecho a la integración y la comunicación inter-generacional a la vez que intra-generacional, y debe disfrutar de amplias posibilidades de participación en la vida social, cultural, económica y política de su comunidad y país. 
Artículo 4 
El adulto mayor tiene derecho al cuidado de su salud, a través de una atención médico-asistencial integral y permanente, preventiva o curativa, que busque alternativas a la hospitalización o al internamiento institucional, y que aliente la atención a la salud en el ámbito familiar. 
Artículo 5 
El adulto mayor tiene derecho a que las autoridades nacionales, las sociedades civiles y la comunidad internacional alienten los estudios y las investigaciones en el ámbito de la gerontología, e intercambien información sobre esa materia. 
Artículo 6 
El adulto mayor tiene derecho a una alimentación sana, suficiente y adecuada a las condiciones de su edad, y por ello deben alentarse y difundirse los estudios y los conocimientos nutricionales correspondientes. 
 Artículo 7
El adulto mayor tiene derecho a una vivienda segura, higiénica, agradable y de fácil acceso físico que, en la medida de lo posible, le dé privacidad y el espacio necesario para una actividad creativa. Artículo 8 
El adulto mayor tiene derecho a facilidades y descuentos en tarifas para las transportes y las actividades de educación, cultura y recreación. 
Artículo 9 
El adulto mayor tiene derecho a vivir en una sociedad sensibilizada con respecto a sus problemas, sus méritos y sus potencialidades. Tanto en los diversos medios nacionales como a nivel internacional debe propiciarse un vasto esfuerzo para educar a todas las personas dentro de un espíritu de comprensión y tolerancia inter-etaria e inter-generacional. 
Artículo 10 
El adulto mayor tiene derecho al acceso a programas de educación y capacitación que le permitan seguir siendo productivo y ganar ingresos si él lo desea y su salud se lo permite. 
Artículo 11 
El adulto mayor tiene derecho a una flexibilización, dentro del marco de los diversos ordenamientos jurídicos nacionales, de las normas de jubilación y de pensión, que le ofrezcan diversas opciones con respecto a la edad de retiro, y conlleve la posibilidad de seguir total o parcialmente activo más allá de la edad de retiro mínima.
Artículo 12
El adulto mayor tiene el derecho de ser tenido en cuenta como fuente de experiencia y de conocimientos útiles para el conjunto de la sociedad. Debe aprovecharse su potencialidad como instructor o asesor en el aprendizaje y desarrollo de oficios, profesiones, artes y ciencias. 
Artículo 13 
El adulto mayor tiene derecho a la integración multi-generacional. En la medida de lo posible, debe evitarse toda segregación de las personas de edad en espacios reservados o su exclusión de actividades sociales. Debe ser propiciada a todos lo niveles la formación de grupos multi-etarios.
Artículo 14
El adulto mayor tiene derecho a la más plena protección de su seguridad física y su integridad moral contra todo tipo de violencia, de ofensas, de discriminación y de extorsión. Con ese fin, debe establecerse en cada país una autoridad judicial o administrativa encargada de velar por la seguridad y la observancia de los derechos del adulto mayor. Dicha autoridad debería ser fácilmente accesible a las personas mayores que deseen presentar denuncias u obtener información y debería disponer de mecanismos de delegación o de representación en todas las comunidades locales.
Artículo 15
El adulto mayor tiene derecho a que se establezca un mecanismo igualmente a nivel internacional, de fiscalización y protección de sus derechos a escala mundial. 
Artículo 16
El adulto mayor tiene derecho a un régimen de consideraciones especiales en caso de demandas judiciales civiles en su contra, y sobre todo debe estar amparado de la posibilidad de un perentorio desalojo de su vivienda. En caso de condenas penales, igualmente debe disfrutar de un régimen especial, con disposiciones tales como la detención domiciliaria en lugar de la reclusión en centros penitenciarios.
 Artículo 17
 El adulto mayor tiene el derecho de disfrutar del trato solidario y deferente establecido en los artículos anteriores, aunque no se encuentre en su propio país. Como principio general, los beneficios que la legislación nacional de cada Estado otorgue a las personas mayores de su propia nacionalidad, deben ser extendidas en forma igual a las personas mayores de nacionalidad extranjera, legalmente residenciadas. 
Artículo 18
 Ninguno de los derechos enunciados en los artículos anteriores debe menoscabar el derecho del adulto mayor a disfrutar del apoyo y del auxilio de su familia, y particularmente de sus descendientes directos.
Artículo 19
 Aparte de los derechos específicos enunciados en la presente declaración, el adulto mayor evidentemente participa en el disfrute de todos los derechos generales que dimanan de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de otros documentos e instrumentos internacionales.

sábado, 24 de noviembre de 2012



VIOLENTOMETRO

El llamado Violentómetro clasifica 27 actos de abuso sicológico o físico que se pueden sufrir durante el noviazgo. Incluye desde hacer bromas hirientes, aplicar la ley del hielo, celar, descalificar y humillar en público, hasta las consideradas de peligro, como encerrar, amenazar, forzar una relación sexual, mutilar y en casos extremos, asesinar.

El mecanismo fue diseñado por el Instituto Politécnico Nacional (IPN) para prevenir la violencia en la pareja, pues al menos 63 por ciento de los alumnos de esa casa de estudios reporta ser víctima de algún tipo de agresión física o emocional en el noviazgo.Tronco Rosas señaló que los resultados del estudio "nos llevaron a reconocer que existe un problema de violencia muy fuerte. Entre los alumnos se da sobre todo como agresión física. Detectamos que hay empujones, arañazos y destrucción de objetos personales, como el celular. Se argumenta que le llaman mucho a la pareja y puede ser algún galán. Las mujeres también agreden. Hay un alto porcentaje que pellizca o jalonea".

Es preocupante que ninguno de los sexos "considere las agresiones sicológicas o físicas como violencia. Creen que si jalonean a su pareja no es nada malo. Ven como acto de amor que les llamen a todas horas, que se les quiera controlar o se les prohíba estar cerca de amigos o familiares. Es urgente romper con estos mitos".

El Violentómetro, agregó, permite identificar con facilidad si se está en una relación de abuso. Explicó que fue diseñado como una regla de 30 centímetros que en cada número incluye un acto de agresión emocional o física.
Su clasificación se realizó tomando como base los datos proporcionados por los alumnos, en los que detectamos tres etapas muy claras."       
                     
La primera, en color amarillo, incluye la violencia sicológica y emocional. Comienza con bromas hirientes. Sigue con chantajes y mentiras, hasta llegar a las humillaciones en público, las intimidaciones o amenazas, el control o las prohibiciones.
Indicó que continúa con una etapa, identificada en color rosa, de agresiones físicas, en las que se pueden sufrir manoseos, caricias agresivas, pellizcos, empujones, cachetadas o patadas. “Ahí les advertimos con la frase ‘¡Reacciona! No te dejes destruir’”.

La fase más peligrosa para la integridad física de la persona –en color morado–, subrayó, es cuando ocurren agresiones como encerrar o aislar, amenazar con armas de fuego, forzar una relación sexual, perpetrar un abuso sexual o mutilar. "Es quizá cuando se corre el mayor riesgo, donde los jóvenes deben buscar ayuda urgente de un profesional", ya que en casos extremos se llega al asesinato

En el IPN, enfatizó, buscamos la prevención de la violencia, pero si detectamos casos graves, se canalizan a la instancia respectiva, aunque nuestra tarea es "sobre todo académica, pues nuestro compromiso es con la formación integral del alumno".


martes, 20 de noviembre de 2012

http://youtu.be/1EaapLyGCOk

Tema: El ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos: un estudio cualitativo de personas heterosexuales con VIH en México.

 

En clase se hablo sobre los derechos que tienen las personas que viven con VIH sobre el ejercer sus derechos sexuales y reproductivos así como la información de los métodos anticonceptivos, libertad de decidir el número de hijos, el derecho a recibir protección ante la amenaza o violación de los derechos sexuales y reproductivos y derechos d servicios d salud; también en base a la lectura se hablo sobre el estudio que se realizo y casos de personas que viven con VIH.

En clase se paso al tema sobre los servicios que brinda el gobierno a las comunidades y de lo que esta hace para tener beneficios “económicos”, destacando que los programas de apoyo no están cubriendo las necesidades de la población.

Tema: El ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos: un estudio cualitativo de personas heterosexuales con VIH en México.
 
En clase se hablo sobre los derechos que tienen las personas que viven con VIH sobre el ejercer sus derechos sexuales y reproductivos así como la información de los métodos anticonceptivos, libertad de decidir el número de hijos, el derecho a recibir protección ante la amenaza o violación de los derechos sexuales y reproductivos y derechos d servicios d salud; también en base a la lectura se hablo sobre el estudio que se realizo y casos de personas que viven con VIH.
En clase se paso al tema sobre los servicios que brinda el gobierno a las comunidades y de lo que esta hace para tener beneficios “económicos”, destacando que los programas de apoyo no están cubriendo las necesidades de la población.
 
¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos?
Permiten a las personas tomar decisiones libres y sin discriminaciones sobre la posibilidad de procrear o no, de regular la fecundidad y de disponer de la información y medios para ello. También implica el derecho de tener acceso a servicios de salud reproductiva que garanticen una maternidad segura, la prevención de embarazos no deseados y la prevención y tratamiento de dolencias del aparato reproductor como el cáncer de útero, mamas y próstata.
Estos derechos se apoyan básicamente en:
  • La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales satisfactorias.
  • La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso.
  • El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida.
  • La posibilidad de separar el ejercicio de la sexualidad, de la reproducción.
 
   

 

¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos?
Permiten a las personas tomar decisiones libres y sin discriminaciones sobre la posibilidad de procrear o no, de regular la fecundidad y de disponer de la información y medios para ello. También implica el derecho de tener acceso a servicios de salud reproductiva que garanticen una maternidad segura, la prevención de embarazos no deseados y la prevención y tratamiento de dolencias del aparato reproductor como el cáncer de útero, mamas y próstata.

Estos derechos se apoyan básicamente en:

  • La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales satisfactorias.
  • La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso.
  • El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida.
  • La posibilidad de separar el ejercicio de la sexualidad, de la reproducción.

 

Tema: El ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos: un estudio cualitativo de personas heterosexuales con VIH en México.
 
En clase se hablo sobre los derechos que tienen las personas que viven con VIH sobre el ejercer sus derechos sexuales y reproductivos así como la información de los métodos anticonceptivos, libertad de decidir el número de hijos, el derecho a recibir protección ante la amenaza o violación de los derechos sexuales y reproductivos y derechos d servicios d salud; también en base a la lectura se hablo sobre el estudio que se realizo y casos de personas que viven con VIH.
En clase se paso al tema sobre los servicios que brinda el gobierno a las comunidades y de lo que esta hace para tener beneficios “económicos”, destacando que los programas de apoyo no están cubriendo las necesidades de la población.
 
¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos?
Permiten a las personas tomar decisiones libres y sin discriminaciones sobre la posibilidad de procrear o no, de regular la fecundidad y de disponer de la información y medios para ello. También implica el derecho de tener acceso a servicios de salud reproductiva que garanticen una maternidad segura, la prevención de embarazos no deseados y la prevención y tratamiento de dolencias del aparato reproductor como el cáncer de útero, mamas y próstata.
Estos derechos se apoyan básicamente en:
  • La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales satisfactorias.
  • La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso.
  • El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida.
  • La posibilidad de separar el ejercicio de la sexualidad, de la reproducción.
 
   
   

miércoles, 14 de noviembre de 2012

 Estrategias como educadores para la salud en derechos humanos.

- Evaluar las necesidades con el objetivo formular estrategias para promover la educación en la esfera de los derechos humanos
- Elaborar programas para el fomento de la educación en la esfera de los derechos humanos a escala nacional, regional, y local;
- Coordinar la elaboración de materiales eficaces para la educación en la esfera de los derechos humanos; 
- Educar  a través del estudio del contexto  y comprendiendo  la realidad de la interdependencia en la relación con el otro (dejar a un lado el individualismo). Reconociendo  la universalidad de los objetivos y las aspiraciones humanos.
- Generar  conocimientos que permitan suministrar información acerca de los derechos humanos y los mecanismos que existen para proteger esos derechos.
- Promover una cultura de los derechos humanos mediante el fomento de valores, creencias y actitudes.
- Alentar a las personas a defender los derechos humanos y prevenir las violaciones de esos derechos.
- Fomentar en la sociedad que tan fundamente son  principios en la tolerancia, el respeto y la inclusión.
- Fomentar la participación de la sociedad, con el objetivo de lograr la inclusión de toda persona sin importar nada. 

domingo, 23 de septiembre de 2012

PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA GENERACION DE LOS DERECHOS HUMANOS

Segunda Generación: Derechos de Igualdad

surgieron en 1920; Estos derechos aparecieron por la socialización y cristiana con la revolución mexicana y la revolución rusa, los derechos humanos formulados con carácter global y universal debían  permitir que los hombres fueran iguales, reconociéndoles derechos económicos sociales y culturales.

Por otraparte esta considerada la diferencia de la primera con la segunda generación para darle un mejor entendimiento, la primera generación, aquella de los derechos civiles y políticos, contiene derechos de la persona humana, que son oponibles al Estado suponiendo una actitud de opresión para que sean respetados. La segunda, aquella de los derechos económicos, sociales y culturales, contiene derechos sobre el estado y la colectividad nacional e internacional, que son exigibles al estado para que puedan ser realizados.


TERCERA GENERACIÓN: SOLIDARIDAD

Surgen como respuesta a la necesidad de colaboración entre las naciones unidas, se conforma con los llamados derechos de solidaridad.
También son llamados derechos de los pueblos, y derechos de solidaridad, comprenden tres tipos de bienes que se pueden englobar en: la paz, el desarrollo y el medio ambiente, comprendiendo con ellos tres tipos de derechos:
1.- los civiles y políticos
2.- los económicos sociales y los culturales
3.- y  de cooperación entre pueblos
de los distintos grupos se conforman un estado, de una nación o de las naciones entre si.

Sus características son:
>pertenecer a grupos imprecisos de personas que tienen un interés colectivo en común.
>su titular es el estado, pero también pueden ser reclamados ante el propio estado: en el caso de los grupos pertenecientes al mismo, en otro estado: en el caso de la comunidad internacional, de nación a nación.

Los derechos de los pueblos son:
1.- a la determinación
2.- a la independencia económica y política
3.- a la identidad nacional o cultural
4.- a la paz
5.- a la coexistencia pacifica
6.- al entendimiento y confianza
7.- a la cooperación internacional o regional
8.- al desarrollo
9.- a la justicia social internacional
10.- al uso de los avances de la ciencia y la tecnología
11.- a la solución de problemas alimentarios, demograficos, educativos y ecológicos
12.- al medio ambiente
13.- al patrimonio común en la humanidad
14.- al desarrollo que permita una vida digna

jueves, 20 de septiembre de 2012

LOS DERECHOS HUMANOS

De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.




Son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.

Segundo vídeo de los derechos humanos.



HISTORIA CONCEPTO Y ESTRUCTURA DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES y CULTURALES.


Se pretendió abordar con el fin de demostrar cuales derechos carecen de protección y que deberán ser considerados obligatorios en cumplimiento y protección por los poderes del estado.

La realización efectiva de los derechos sociales  obligo a los sectores sociales a reclamar por políticas públicas  que permitieran la distribución del ingreso y así tener una efectividad de los derechos sociales.
La nueva constitución promulgo las nuevas garantías individuales derechas sociales
1917 en la constitución se reconoció el derecho a la educación laica y gratuita jornada de trabajo a ocho horas libertades de expresión etc.

Los derechos económicos, sociales y culturales convierten al estado en una instancia positiva encargada de satisfacer las demandas de bienestar  dignidad humana
El Estado tuvo que aceptar a los derechos sociales, ya que acuesta traía  crisis financieras y guerra mundiales.
Los derechos económicos, sociales y culturales desde el punto de vista material son fundamentales; representan una vía real, y efectiva para hacer realidad la vida de los seres humanos en su dignidad, la cual implica:

Autonomía
Libertad real
Igualdad


¿DERECHOS HUMANOS PARA QUIÉNES? REFLEXIONES SOBRE ALGUNAS CUESTIONES EMBARAZOSAS









DERECHOS HUMANOS UNIVERSALES












Características de la propuesta de reforma laboral:




¿Ud. considera que ésta viola a los DDHH? Explique.